La Hermandad de los Concejos de Argentaria es una institución local, acordada entre villas para proteger los caminos y perseguir los delitos definidos en su fuero. Es una institución ficticia del servidor: no se identifica con la Santa Hermandad general que se organizará en 1476.
Competencias escritas. La Hermandad actúa solo dentro de las competencias que tiene escritas. Nadie ejerce justicia fuera de su cargo registrado.
El alcalde resuelve los asuntos locales de su villa. Los conflictos entre jurisdicciones se elevan a una instancia neutral.
Nadie juzga su propia causa. Quien tenga un conflicto de interés en un caso se abstiene, y lo resuelve un suplente o la administración.
